La diputada Aurora Sierra Rodríguez del PAN propuso reconocer la donación tácita de órganos en Puebla, para que las personas sean donantes después de morir, si así lo aprueba la familia.

La diputada propuso al Congreso local añadir un capítulo a la Ley Estatal de Salud. Cuyo Título Sexto dicta el control sanitario y disposición de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres humanos.

En este capítulo se establecería que:

toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente”.

De esta forma, serán donantes tácitos quienes no hayan expresado su negativa y sólo en caso de que su familia lo apruebe.

La propuesta de la diputada Sierra busca reconocer en la ley un consentimiento expreso o tácito para que, en vida o después de su muerte, los cuerpos o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes.

Sobre la donación con consentimiento tácito:

  • Habrá consentimiento tácito del donante cuando no haya manifestado su negativa a que su cuerpo o componentes sean utilizados para trasplantes.
  • Lo anterior, siempre y cuando se obtenga también el consentimiento del o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante.
  • El escrito por el que la persona exprese no ser donador, podrá ser privado o público, deberá estar firmado por éste.
  • El consentimiento tácito sólo aplicará para la donación de órganos y tejidos una vez que se confirme la pérdida de la vida del disponente.
  • En el caso de la donación tácita, los órganos y tejidos sólo podrán extraerse cuando se requieran para fines de trasplantes.

Sobre la donación con consentimiento expreso:

  • Podrá constar por escrito y ser amplia cuando se refiera a la disposición total del cuerpo o limitada.
  • Podrá señalarse que se hace a favor de ciertas personas o instituciones.
  • El donante podrá condicionar las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra.
  • Cuando corresponda a mayores de edad con capacidad jurídica, la donación expresa no podrá ser revocada por terceros.
  • El donante podrá revocar su consentimiento en cualquier momento. 
  • La donación se regirá por el altruismo, ausencia de ánimo de lucro y factibilidad.

Cabe señalar que la diputada también incluyó en su iniciativa la prohibición del  comercio de órganos, tejidos y células.

La donación de éstos se regirá por los principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y confidencialidad, por lo que su obtención y utilización serán estrictamente a título gratuito.

Además, no se considerarán actos de comercio la recuperación de los costos derivados de la obtención o extracción, análisis, conservación, preparación, distribución, transportación y suministro de órganos.

La iniciativa de reforma de la diputada fue turnada a la Comisión de Salud del Congreso para su estudio y resolución.

En caso de que el Pleno apruebe esta reforma, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

¿Por qué es importante la donación de órganos en Puebla?

De acuerdo al Instituto de Salud Pública al ser donante de órganos tras fallecer se pueden salvar hasta siete vidas.

Al ser donante en vida se puede ayudar a salvar y mejorar la calidad de vida de hasta 50 personas.

En 2022 Puebla estuvo en el cuarto lugar en donación de órganos, pues se pudieron realizar 137 trasplantes de órganos de personas que perdieron la vida.

Los órganos que se pueden donar en vida son un lóbulo pulmonar, un riñón, un segmento de hígado, un segmento de intestino, un segmento de páncreas, médula ósea o sangre.

Los órganos que se pueden donar tras la muerte son cartílago, córneas, hígado, corazón, pulmón, venas, páncreas, riñones, intestinos, piel, tendones, ligamentos, huesos.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.