El TEPJF confirmó que José Galindo Yamak cometió violencia política de género en contra de Norma Layón, presidenta municipal de San Martín Texmelucan. Esto luego de ratificar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado, solo pidió fundamentar porqué se pide su inscripción en el padrón de violentadores durante cinco años.

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio la razón al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

El regidor de Turismo y Cultura de Texmelucan sí violentó a Layón por medio de una publicación en Facebook, con el que provocó amenazas y burlas en contra de la alcaldesa.

En el expediente SCM-JDC-287/2022 se explicó que Galindo Yamak argumentó que la resolución del TEEP no fue debidamente fundada.

Así como negó haber cometido este tipo de violencia, pues sus comentarios en Facebook:

“no tenían el ánimo de demeritar a la denunciante en razón de su género”.

Por ello, solicitó no ser incluido en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Además de que argumentó que sus palabras están amparadas por el derecho a la libertad de expresión.

Sin embargo, en el proyecto de sentencia de la magistrada María Guadalupe Silva Rojas se explicó que la libertad de expresión tiene límites.

El regidor, en este caso, no respetó que las mujeres tienen derecho a una vida libre de violencia al indicar que Layón “necesitaba a un hombre”.

Indicó que para mejorar su forma de gobierno necesitaba un hombre e intentó demeritarla con expresiones de carácter sexual”, por lo que sí cometió violencia política de género.

Con esto, Galindo Yamak quedará imposibilitado para ejercer un cargo público, por lo que su regiduría debería ser revocada.

TEPJF ratifica que Galindo Yamak ejerció violencia política de género

El Tribunal federal solo pidió al local justificar el periodo por el cual tendrá que estar inscrito en el padrón de violentadores de género. 

El tribunal local no justificó la calificación de la falta, ni la proporcionalidad con el tiempo que ordenó su inscripción en el registro de personas sancionadas.

Por ello, revocaron parcialmente la resolución, a fin de que el TEEP funde y motive el tiempo en el que Galindo Yamak será parte de dicho registro.

Con la inclusión del regidor al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política no podrá buscar un cargo de elección popular.

Además, con la primera sentencia emitida por el TEEP, se le ordenaron a Galindo Yamak medidas de reparación, garantías de no repetición y medidas de sensibilización.

Cabe señalar que el Congreso recibió la petición de destitución del regidor por incurrir en violencia política de género contra la alcaldesa.

Sin embargo, el Legislativo estaba a la espera de la resolución de esta impugnación TEPJF para determinar si procedía la destitución.

Así lo comentó el entonces presidente del Congreso de Puebla, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, el pasado 23 de octubre.

Esperemos que una vez que tomen las resoluciones necesarias jurídicas, que son las determinantes, hagamos nosotros (el Congreso) lo que nos corresponde dentro del área política”, señaló.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.