El Congreso de Puebla quiere pedir a la Procuraduría Federal del Consumidor, (Profeco) supervisar si las casas de empeño cuentan con los permisos necesarios para operar. Así como verificar si entregan sus informes mensuales, para evitar la recepción de objetos robados.
Este viernes, la Comisión de Desarrollo Económico aprobó un exhorto a la delegación Puebla de la Profeco para hacer una mayor supervisión de estos puntos. Esto, a fin de saber si cumplen con sus obligaciones de registro y reporte, además de saber si comercializan productos de procedencia ilícita.
El siguiente paso es aprobar el documento en el Pleno del Poder Legislativo, con ello, el Congreso invitará formalmente a verificar si las casas de empeño se encuentran inscritas en el Registro Público de Casas de Empeño. También si rinden el reporte mensual de los actos o hechos que estén relacionados con las operaciones.
El dictamen de este exhorto unió las propuestas de dos diputadas. Se trata de Angélica Alvarado Juárez del Partido del Trabajo (PT) y Modesta Delgado Juárez, de Fuerza por México.
En el documento se menciona que la Profeco en su Buró de Datos advierte que existen más de 9 mil casas de empeño en todo el país. En el caso de Puebla, el mayor número de denuncias se da en la capital, seguida de Tehuacán, Huauchinango, Atlixco, Tecamachalco, Teziutlán y Huejotzingo.
La falta de cumplimiento de las normas en materia de casas de empeño generan que bienes robados ingresen al mercado prendario. Esto es consecuencia de que algunas casas de empeño no exigen facturas y documentos que acrediten la propiedad de las personas que acuden.
En sesión del Congreso de Puebla, piden supervisión del Profeco; advierten delitos que las casas empeño podrían cometer si no están en regla
En la sesión se mencionó que este tipo de establecimientos deben cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-179-SCFI-2016. Además, la Profeco tiene la facultad de vigilar y verificar el cumplimiento de esta norma.
Actualmente en Puebla se castiga con seis meses a cinco años de prisión la omisión de los reportes de las casas de empeño, de acuerdo con el Código Penal local:
Quien siendo directivo o representante legal de casas de empeño, omita rendir el reporte mensual de los actos o hechos que estén relacionados con las operaciones que realizan”, señala el artículo 254 fracción III del Código Penal.
Además, en el artículo 212 Bis del Código Penal existe el delito de encubrimiento por receptación y se castiga con dos a siete años de prisión a quien:
Después de la ejecución de un delito y sin haber participado en él, adquiera, posea, desmantele, venda, enajene, comercialice, trafique, pignore, reciba, traslade, use u oculte el o los instrumentos, objetos o productos de aquél”, señala.

