El Centro de Justicia Alternativa en Puebla comenzará a operar en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), como parte de la reforma al Poder Judicial que se implementa en el estado.

Así lo marca la nueva Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que es parte de las leyes secundarias que debieron expedirse el 21 de febrero por el Congreso local.

Con esta ley se elimina la Ley del Centro Estatal de Mediación del Estado de Puebla. Busca reducir la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales.

Además, plantea un nuevo sistema de resolución alternativa de las disputas legales que

pueden ser resueltas a través de un proceso mucho más rápido y fluido.

La reforma al Poder Judicial que entró en vigor el 25 de octubre pasado, adscribió el Centro de Justicia Alternativa existente al Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Con ello, será un órgano desconcentrado, con autonomía técnica, de gestión, operativa, presupuestaria y de decisión para implementar y administrar su funcionamiento.

En este Centro buscarán la  mediación, la conciliación, el arbitraje y el procedimiento restaurativo de algunas controversias legales.

Las y los poblanos podrán acordar y consentir soluciones bajo la guía de un tercero especializado, certificado para aplicar los distintos medios alternativos.

Los mecanismos alternativos de resolución de controversias deberán tener voluntariedad, confidencialidad, neutralidad, equidad, imparcialidad, flexibilidad, honestidad y legalidad.

El Centro deberá aplicar el control jurídico y seguimiento de los diversos convenios, acuerdos

reparatorios y demás resultados de los mecanismos alternativos.

Lo anterior, en materias, penal, civil, familiar, mercantil y especializado en justicia para

adolescentes.

Así funcionará el Centro de Justicia Alternativa Puebla

Como parte de la reforma al Poder Judicial, la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias dicta que el Centro de Justicia Alternativa tendrá un titular que deberá ser nombrado por el Consejo de la Judicatura y no podrá ser reelecto.

De acuerdo con esta ley, las personas juzgadoras deberán hacer saber a las partes de la existencia de los Mecanismos Alternativos.

En caso de que el Mecanismo Alternativo se agote y las partes interesadas no lleguen a un convenio, el Poder Judicial continuará con el juicio correspondiente.

Esta ley fija las etapas del procedimiento de mediación para resolver una controversia. Se trata de la introducción, narrativa de la controversia e identificación de intereses.

Posteriormente se deberán identificar los temas y necesidades, así como generación y evaluación de opciones, finalmente se deberá firmar un acuerdo.

Después del acuerdo, deberán de llegar a una conciliación, para dar inicio a los procesos restaurativos, aquellos en los que se deberá reparar el daño.

Esta iniciativa de ley, enviada por el Ejecutivo encabezado por Sergio Salomón Céspedes Peregrina, fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su dictaminación.

Este jueves 2 de marzo se espera que el Congreso de Puebla apruebe esta ley, para que entre en vigor al día hábil siguiente del día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.