Este 1 de mayo está marcado en la ley como día de descanso obligatorio en conmemoración por el Día del Trabajo y es tu derecho descansar con goce de sueldo.
Es decir, no debes presentarte a laborar, de lo contrario la persona empleadora debe darte una retribución extra.
De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, las personas empleadoras deberán determinar el número de trabajadores que deban prestar sus servicios el día de descanso obligatorio.
Por lo que, en caso de haber acordado con tu empresa que te presentes a trabajar o solo porque te ordenaron asistir, tienes derecho a que se te pague lo siguiente:
Independientemente de tu salario diario, un salario doble por el servicio prestado. Es decir, que en tu próximo recibo de nómina tendrá que verse reflejado un pago triple.
Por ejemplo:
Si obtienes el salario diario mínimo general que es de 315.04 pesos, debes multiplicarlo por tres y ganar 945.12 pesos.
Este 1 de mayo es día de descanso obligatorio; si no te pagan extra puedes denunciar
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indicó que si laboras este día y no ves reflejado el pago extra puedes denunciarlo.
Para ello, ponen a disposición los números 55.50.03.10.00 Extensiones. 44741, 44780, 44781, 44785, 44786 y 44699.
La institución indicó que todos los servicios que ofrece son gratuitos, por lo que ningún servidor público o persona ajena a la dependencia puede cobrar por la asesoría u orientación.
En caso de haber sido víctima de este tipo de prácticas, puedes levantar tu denuncia al correo: [email protected] o al número: 55.59.98.20.00 ext. 44750, 44917 y 44760.
Es preciso destacar que los siguientes días de descanso obligatorio son:
- 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre
- 1 de octubre cada seis años
- 25 de diciembre
Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrir a la persona trabajadora el pago de la prima dominical. Este está señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.


