El diputado morenista Carlos Evangelista presentó una iniciativa para incrementar hasta en una tercera parte la pena por feminicidio contra mujeres indígenas, menores de edad o embarazadas. 

Se trata de una iniciativa para reformar y adicionar el numeral XI del artículo 338 y adicionar el artículo 338 sexies, del Código Penal de Puebla.

En el artículo 338 delimita el delito de feminicidio, que es la privación de la vida por razones de género, por lo que se busca agregar que “Para efectos de este artículo, el término mujer incluye a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida”.

En cuanto al numeral XI, busca aumentar la pena para quien cometa feminicidio contra víctimas que se hayan  encontrado en un estado de indefensión por factores físicos, psicológicos o materiales.

Tales factores podrían ser la edad, discapacidad, nivel de desarrollo cognitivo, embarazo, dependencia por cuidados, indefensión aprendida, somnolencia o la alteración del estado de conciencia causada por el consumo de alcohol, fármacos o drogas.

Cuando se trate de muertes violentas de niñas o adolescentes, deberá considerarse, además, la perspectiva de niñez”, dicta la iniciativa en el artículo.

En cuanto al artículo 338, la iniciativa establece que la pena se agravará hasta en una tercera parte de su mínimo y máximo cuando la víctima sea una niña o adolescente.

Feminicidio contra mujeres indígenas agravará el castigo

Además, se agravará en caso de que la mujer sea vulnerable por su raza, condición étnica, descendiente de los pueblos originarios, sea indígena y afromexicana.

Otras de las causales para aumentar la pena sería por su identidad o expresión de género, situación migratoria, se encuentre embarazada o en periodo de puerperio, así como tenga alguna discapacidad.

Además, aplicará el aumento cuando esté en situación socioeconómica desfavorable o se encuentre afectada por situaciones de conflicto armado, violencia política, trata de personas o tráfico de migrantes, explotación laboral, explotación sexual o de desastres naturales.

Cabe señalar que actualmente el artículo 338 del Código penal establece una multa que va desde los cuarenta a sesenta años de prisión y multa que va desde los 48 mil 110 pesos, hasta los 96 mil 220 pesos.

La iniciativa se turnó a la comisión de Procuración y Administración de Justicia, en caso de que sea aprobada por el Pleno del Congreso, entraría en vigor al día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

Feminicidios contra niñas en Puebla

Cabe señalar que en este 2022 se registró el feminicidio infantil de María Isabel de 10 años, quien vivía en Zoquitlán, en la Sierra Negra, y la asesinaron luego de violarla el 17 de enero pasado.

Aunque en febrero aprehendieron a un sospechoso, posteriormente lo liberaron por falta de pruebas.

En junio de 2022, a Brenda de 4 años también la violaron y asesinaron en Ocotitlán, municipio de Chichiquila.

Asimismo, en Hueyapan fue asesinaron a una adolescente de 13 años que se encontraba en su hogar cuando unos hombres entraron a robar.

De acuerdo con la Red por los Derechos de la Infancia (Redim), Puebla es el sexto estado con mayor número de feminicidios infantiles, con 25 entre 2015 y 2021 a menores de 0 a 17 años.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.