Por unanimidad, el Congreso local aprobó las cuatro leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial del exgobernador Miguel Barbosa Huerta.

Las leyes aprobadas son la Ley de Carrera Judicial y la Ley Orgánica de Defensoría Pública y la Ley de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversia.

Así como la Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa de la Constitución del Estado, las cuatro leyes fueron aprobadas con 34 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Recordar que las modificaciones a la Constitución de Puebla para reformar el Poder Judicial requerían de las leyes secundarias.

En esta reforma se creó una Sala Constitucional para resolver actos de los ayuntamientos o algún ente público que violen la Constitución Política local.

Se estableció el nuevo procedimiento para la remoción de algún magistrado, pues será el Consejo de la Judicatura quien inicie el procedimiento.

Pero el Congreso del estado será el que determine la sanción contra el magistrado, incluída la destitución.

Ley de Carrera Judicial

Con esta ley se estableció que el Consejo de la Judicatura contará con la Escuela Estatal de Formación Judicial para formar y capacitar al personal.

Para poder ser juez, habrá dos concursos, uno cerrado a la ciudadanía y otro abierto. La ley dicta los lineamientos del Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial.

Este registro es un padrón que contiene información básica y técnica sobre el personal perteneciente a la carrera judicial.

Deberá incluir a cada persona servidora pública que ingrese a la carrera judicial.

Ley Orgánica de Defensoría Pública

Esta nueva ley permitirá que el Estado otorgue asistencia jurídica gratuita en materia de responsabilidades administrativas, para funcionarios públicos vinculados.

También, brindará esta defensa en materia de “justicia cívica”, es decir, casos relacionados con la convivencia cotidiana en la población.

Actualmente solo hay asesoría jurídica gratuita para casos en materia penal, familiar, civil y administrativa, así como mercantil, de adolescentes y laboral.

Ley de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversia

Esta ley busca reducir la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales y plantea un nuevo sistema de resolución alternativa de las disputas legales.

Estas resoluciones podrán ser resueltas a través de un proceso mucho más rápido y fluido a través del Centro de Justicia Alternativa.

En este Centro buscarán la mediación, la conciliación, el arbitraje y el procedimiento restaurativo de algunas controversias legales.

Las y los poblanos podrán acordar y consentir soluciones bajo la guía de un tercero especializado, certificado para aplicar los distintos medios alternativos.

Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa de la Constitución del Estado

Está Ley Reglamentaria dicta que a la Sala Constitucional le corresponderá la interpretación, defensa y garantía jurisdiccional de la Constitución local.

La Ley Reglamentaria regulará los procedimientos de los Medios de Defensa de la Constitución y de los Recursos de Legalidad Ordinaria.

Los medios de control constitucional que implementará la sala serán:

  • Las acciones de inconstitucionalidad
  • Las controversias competenciales
  • La acción de tutela
  • La acción por omisión legislativa
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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.