Este 1 de enero está considerado como día de descanso obligatorio, por lo que, si tu empleador te hace trabajar, debes saber cuánto te deben pagar.
El primer día del año se encuentra establecido dentro del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. En el cual se determinan los días en los que las personas con un empleo pueden descansar con goce de sueldo.
Sin embargo, en caso de acordar con sus empleadores presentarse a sus centros laborales, los trabajadores debe saber que tiene derecho a recibir un pago diferente.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explicó que las personas empleadoras deben determinar el número de trabajadores. Quienes deban prestar sus servicios el Día de Descanso Obligatorio, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Cuánto te deben pagar si trabajas este 1 de enero?
En este caso, quienes acudan a desempeñar sus funciones tendrán derecho a recibir, independientemente de su salario diario, un salario doble por el servicio prestado. Es decir, un salario triple.
La Profedet explicó que el salario diario mínimo general 2026 es de 315.04 pesos; quienes laboren deberán multiplicarlo por tres. Lo que significa que recibirán 945.12 pesos.
En tanto, el salario diario mínimo 2026 en la zona libre de la frontera norte es por 440.87 pesos. Por tres, la ganancia será de mil 322.61 pesos.
En este sentido, la procuraduría destacó la importancia de exigir sus derechos. Y puso a disposición de los habitantes la línea 079 para brindar atención ante cualquier duda o denuncia.
Reiteró que todos los servicios ofrecidos por esta institución son gratuitos, por lo que ningún servidor público o persona ajena a la dependencia puede cobrar por asesoría u orientación.
En caso de haber sido víctima de este tipo de prácticas, puedes levantar tu denuncia al número: 55 59 98 20 00 ext. 44750 y 44917.


