Para quienes no saben cómo se debe pagar el 15 y 16 de septiembre si les toca trabajar, esta es la respuesta. 

La noche del 15 de septiembre se celebra el Grito de Independencia, mientras que el 16 de septiembre se conmemora el Día de la Independencia de México.

Sin embargo, este año no aplica el famoso “puente” debido a las medidas implementadas en la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en el país, la fecha del 15 no se considera un día festivo por ley, así que el pago que reciben los trabajadores es como el de cualquier otro día.

En cambio, el 16 de septiembre sí es festivo y está estipulado en el artículo 74 de dicha ley. 

El 16 es un día de descanso obligatorio, sin embargo, muchas empresas no pueden parar operaciones en estos días.  

Especialmente aquellas que se dedican al sector de servicios, comercio y entretenimiento.

Es por ello que, en caso de que los trabajadores laboren un día festivo (ya sea este o cualquier otro) los patrones están obligados a pagar el día al triple.

Es decir, el 100 por ciento de salario que se gana por un día normal, más el 200 por ciento que señala la ley, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

En caso de no cumplir con las disposiciones marcadas en la ley, los empleados pueden presentar su queja ante dicha institución. 

La procuraduría pone a disposición de los mexicanos los números telefónicos 800 911 7877 y 800 717 2942 activos en toda la República Mexicana.

También pueden comunicarse vía correo electrónico a [email protected] para brindarles asesoría gratuita. 

Otros días de descanso obligatorio durante el año son: 

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución Mexicana)
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
  • 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana)
  • 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre (Navidad)
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Carmen González

Carmen González

Licenciada en Comunicación por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. Reportera desde 2018 de la fuente de cultura, turismo, activismo, temas sociales y de revista.