Una empresa de mobiliario urbano se apropió de la vía pública en la Calzada Zavaleta y Camino Real a Cholula para poner espacios publicitarios.
En un recorrido realizado por Ambas Manos fueron ubicadas diversas estructuras que cuentan con la leyenda de “espacios disponibles” para la promoción de negocios o productos.
La empresa se denomina “Metrópoli Outdoor S.A.S. de C.V”, misma que colocó las estructuras en plena banqueta.

Al consultar los costos y condiciones, la empresa detalló que la medida es de 1.20 metros de ancho por 1.80 metros de alto. Cada una cuenta con doble vista y el precio por cada una es de 2 mil 500 pesos más IVA.
Como promoción ofrecen que en la contratación de ambas vistas, la impresión corre por su cuenta. De lo contrario cuesta 500 pesos más IVA y la medida debe ser de 1.10 x 1.70 de ancho.
Para el proceso de contratación, solicitan en caso de ser persona física que presente:
- INE
- Comprobante Domiciliario
- Constancia Situación Fiscal o RFC
- Método y forma de pago
- Uso de Cfdi
- Correo para envío de archivos
Mientras que a las personas morales, les piden:
- Nombre Comercial
- Comprobante Domiciliario
- Constancia Situación Fiscal o RFC
- INE y comprobante de domicilio del representante legal
- Método y forma de pago
- Uso de Cfdi
- Correo para envío de archivo
Para mayor información ponen a disposición el correo electrónico [email protected] y el número 246 217 2019.

Los espacios publicitarios en Zavaleta violan la Ley de Contaminación Visual
La Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva para el Estado de Puebla prohíbe la instalación de anuncios publicitarios que vulneren:
Postes, luminarias, jardineras, semáforos, y demás mobiliario urbano o bien que por su ubicación y características, puedan afectar el libre tránsito. También que se encuentren instalados en los predios públicos o privados, e invadan las vías públicas.

De las sanciones, estipula que cuando la autoridad advierta que se infringen las disposiciones en la normatividad aplicable y produzcan riesgo de desequilibrio ecológico, se ordenará:
La clausura temporal, parcial o total, de fuentes o establecimientos contaminantes, así como de los anuncios publicitarios que se encuentran fuera de la normatividad establecida.
El aseguramiento precautorio de los bienes, tecnologías, utensilios o instrumentos que estén prohibidos por esta Ley.

