En junio pasado, entró en vigor la reforma laboral que regula a los trabajadores de plataformas como Uber y Didi en México.
Sin embargo, sólo podrán obtener los beneficios de la Seguridad Social bajo ciertas condiciones. Así lo explicó el juez del Poder Judicial del Estado de Puebla, Hugo Soriano.
En entrevista con Ambas Manos, explicó que los cambios a la Ley Federal del Trabajo se publicaron el pasado 24 de diciembre de 2024.
De acuerdo con el experto, antes se celebraban contratos mercantiles en el que los empleados tenían el estatus de “socios”.
Con ello, se deslindaban por completo de sus obligaciones con las y los repartidores. Pero con la reforma, ahora se les reconoce como “operadores” o trabajadores.
No obstante, sigue causando descontento entre la comunidad de repartidores y choferes de aplicación porque podría afectar la flexibilidad de su empleo y hasta sus ingresos.
La reforma introduce un capítulo especial (Capítulo IX Bis) que reconoce la naturaleza subordinada de la modalidad laboral.
Las plataformas buscan discernir quiénes deben ser considerados trabajadores formales dentro de estas aplicaciones.
Trabajador independiente u “operador”
De inicio establece dos categorías: la de trabajador independiente o la de trabajador de plataforma u “operador”.
La primera hace referencia a todas aquellas personas que trabajan de manera ocasional, mientras que la segunda aplica para todos los que generen ingresos mensuales iguales o superiores al salario mínimo.
Es decir, que la clasificación que obtengan no depende del tiempo que pasen laborando, sino del monto que logren generar.
La situación podría afectar seriamente las ganancias de los operadores, pero también la oportunidad de acceder a la Seguridad Social.
El juez indicó que la mayoría de los empleados de apps son universitarios, personas que tienen un segundo trabajo o incluso pensionados que buscan un ingreso extra.
Tomando en cuenta que en promedio, las personas deben pasar más de seis horas trabajando para generar un salario mínimo, es todavía más difícil generar estos beneficios.
Si se logra cumplir con un salario mínimo, se podrá acceder a la categoría de operador de plataforma, si no, será un trabajador independiente que deberá realizar sus propias aportaciones para lograr su afiliación al IMSS.
Además, de alcanza la cotización de salario mínimo requerida, se tiene un beneficio mayor en el que los operadores pueden dar de alta a sus derechohabientes como esposa, padres o hijos.
Reforma Laboral para trabajadores de plataformas
Por otro lado, una vez que las personas se dan de alta en la plataforma, se otorgan 30 días de prueba para determinar en qué modalidad desempeñarse. Durante el periodo se revisará si cumplen o no con los ingresos necesarios del salario mínimo.
Según el juez, esta es una reforma novedosa que debe ser actualizada constantemente, sin embargo, aún tiene detalles que deben pulirse.
Otra de las medidas que benefician a los trabajadores, es que de forma automática, la empresa tiene la obligación de darlos de alta en el sistema de riesgos de trabajo.
De esta manera se protegen contra indigentes y accidentes, pero únicamente durante la jornada laboral. Este aplica desde el momento en que aceptan el primer pedido del día y lo entregan al cliente, hasta que cierran el último y no cuenta los traslados fuera del horario laboral.
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