Desde este 3 de agosto, quien agreda psicológicamente a menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad en Puebla será castigado hasta con cuatro años y seis meses tras las rejas.   

Así lo establece la reforma al Código Penal de Puebla que ya fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, por lo que ya entró en vigor.

El pasado 4 de julio se aprobó la iniciativa para reformar la sección primera y el artículo 355, del capítulo décimo séptimo del Código Penal estatal.

Dicho capítulo es relativo a los delitos contra el honor y la dignidad, donde hasta 2 de agosto solo contempla sancionar con hasta tres años de prisión a quien golpee y violente físicamente.

Sin embargo, desde este miércoles además de castigar dichas agresiones, también se incluirá las violencias psicológicas.

Además, este cambio en el Código Penal incluirá también que dicho castigo podría aplicarse si el ofendido “fuere descendiente menor de edad del ofensor”.

Asimismo, si la víctima fuera mayor de 70 años o persona con discapacidad, la sanción se aumentará hasta en una mitad, es decir, tendría que pasar cuatro años y seis meses en prisión el agresor.

Cabe señalar que anteriormente el Código Penal contemplaba que la pena aumentara un tercio si las víctimas son parte de dichos grupos vulnerables.

La iniciativa de reforma fue propuesta por las diputadas Mónica Rodríguez Della Vecchia y María Ruth Zárate Domínguez, luego de haber sido aprobada, desde este 3 de agosto será una realidad.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.