El Congreso de Puebla se prepara para votar la Reforma al Poder Judicial este jueves 6 de octubre en Sesión Ordinaria. Se espera que la iniciativa del gobernador, Miguel Barbosa salga por mayoría de votos y que solo tres panistas se abstengan.

Este 4 de octubre, la reforma fue aprobada en las comisiones unidas de Gobernación y la de Procuración de Justicia. En abstención votó la panista Mónica Rodríguez Della Vechia.

Se espera que el sentido de su voto se repita en el Pleno y que también en abstención voten Rafael Micalco y Nancy Jiménez Morales.

Una vez que se apruebe la reforma y sea publicada en el Periódico Oficial del Estado, el Consejo de la Judicatura será responsable de iniciar y resolver procesos contra los magistrados.

Lo podrá hacer por obstrucción a la ley o por conflicto de interés. Una vez que el Consejo falle, el dictamen será enviado al Congreso de Puebla para que determine la sanción que podría ser la destitución del magistrado.

En las editoriales de los medios de comunicación se ha interpretado que esta ley tiene el objetivo de hacer una limpia en el poder Judicial. Además, se especula que llevará a la remoción de Héctor Sánchez, como magistrado presidente.

Su esposa, la diputada Mónica Silva, se ausentó de las comisiones en las que se discutió la reforma al Poder Judicial. Esto con la finalidad de evitar un conflicto de intereses.

Consejo de la Judicatura resolverá faltas de los magistrados

En comisiones cambiaron, a petición de la bancada del PAN, el proceso para la remoción de magistrados. En la propuesta original, cualquier ciudadano podía iniciar una queja ante el Congreso.

Lo que queda es que el proceso de sustanciación de una investigación inicia en el Poder Judicial a través del Consejo de la Judicatura quién deja en estado de resolución”.

De esta forma, si la falta es de un juez lo resolverá el Consejo de la Judicatura, pero si es de un magistrado será el encargado el Congreso en determinar la sanción, que podría ser su destitución.

También, se quitó la propuesta que dictaba la conformación de un Comité de Implementación de la reforma, designado por el Poder Ejecutivo, liderado por el gobernador Miguel Barbosa Huerta.

En cambio, se le dará seguimiento a la aplicación de esta reforma mediante el Consejo de la Judicatura, que remitirá informes de la actuación de los órganos del Poder Judicial al Congreso.

En cuanto al artículo séptimo transitorio sobre cuándo se declare conflicto de interés y sea objeto de un problema de desempeño, se modificó la redacción inicial.

No obstante, se mantuvo “el espíritu” para que se haga la revisión en 180 días para que en caso de que hubiese una responsabilidad administrativa, se desahoga en términos de las leyes en la materia.

Otra de las modificaciones que aprobaron es que en el caso de que no se apruebe por las dos terceras partes del Congreso la designación de un magistrado, el gobernador tendrá 30 días para enviar otra propuesta, misma que de no resultar electa, el Ejecutivo lo designará en automático.

Asimismo, se acordó que el mecanismo del Control de Constitucionalidad propuesto, aplique también para las acciones o acuerdos que violatorios de la Constitución local de los ayuntamientos.

Cuando un ayuntamiento genere un acto que sea contrario a la Constitución local, se podrá recurrir a través de esta herramienta de control de constitucionalidad solicitándolo o el presidente municipal o en su caso al menos una tercera parte de los integrantes del ayuntamiento”.

Además, se estipuló que las controversias podrán ser señaladas por el .05 del padrón electoral mediante firmas, es decir, con 2 mil 352 firmas.

Se acordó que es de un porcentaje más alto de participación ciudadana y se redujo al punto 05 de los ciudadanos que pueden reunir firmas para buscar una controversia en materia constitucional local.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.