Con la nueva Ley General para Sancionar el Feminicidio, en Puebla y todo el país, la pena mínima por cometer el delito será de 50 años y máxima de 70.
Es decir, en el estado, incrementará tanto la mínima como la máxima, pues actualmente el Código Penal establece de 40 a 60 años de prisión.
Este miércoles, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó la iniciativa de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito del Feminicidio.
Ello, luego de que el 6 de mayo de 2026, se aprobó la modificación del artículo 73 de la Constitución Mexicana para facultar al Congreso de la Unión a expedir una ley general que establezca los tipos penales y sus sanciones en materia de feminicidio.
Al hacer uso de la palabra, la mandataria indicó que la peor forma de trato indigno a una mujer es la muerte. Es decir un feminicidio.
En nuestro país, aún y cuando han disminuidos los feminicidios, se siguen cometiendo, y muchos de ellos, lamentablemente, sin sanción”.
Comentó que esta ley garantizará que en todas las fiscalías se trabaje igual y evitar al máximo que se catalogue como suicidio para garantizar justicia.
🟣La presidenta @Claudiashein firmó la iniciativa de la Ley General contra el Feminicidio que enviará al Congreso de la Unión para homologar en todos los estados la investigación de este delito. https://t.co/4r7DRFMtMh pic.twitter.com/2pxpZaHRJH
— Ambas Manos (@Ambas_Manos) July 15, 2026
Puebla modificará sus razones de género
Así, Luisa María Alcalde Luján, consejera jurídica del Gobierno de México, explicó que el tipo penal señalará:
“Comete el delito de feminicidio la persona que prive de la vida a una mujer por razones de género”. Esta definición es igual a la que está en el Código Penal de Puebla.
La nueva ley general establecerá 10 razones de género. Entre estas, destacan signos de violencia sexual, antecedentes de violencias contra la víctima, delito motivado por estereotipos o prejuicios y contextos de asimetría de poder.
En Puebla, se establecen nueve razones, por lo que tendría que agregar uno. Y hay que mencionar que los últimos dos mencionados no aparecen en el código estatal.
La pena mínima por feminicidio en Puebla ahora será de 50 años
Uno de los cambios más sustanciales es la pena que irá de 50 a 70 años de prisión y se sancionará la tentativa con pena de prisión de entre la mitad hasta las dos terceras partes.
Mientras, la iniciativa de Sheinbaum Pardo establece 19 agravantes, entre las que destacó:
- La víctima sea niña adolescente o adulta mayor, esté embarazada o viva con discapacidad
- Se cometa por una persona servidora pública
- Sea periodista, defensora de derechos humanos o migrante
- La víctima presente signos de violencias como ataques con ácido o sustancias inflamables
Con ello, Puebla tendrá que sumar casi todas, pues en el Código Penal solo se establecen dos. La primera es si la víctima se encuentra embarazada y cuando el delito se cometa frente a la hijas o hijos de la víctima directa.
Responsabilidades adicionales
El Código Penal de Puebla señala que el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.
La nueva ley obligará a agregar tres: perderá la tutela, curatela, guarda y custodia de aquellas personas de las que tenga derecho, así como la patria potestad de los hijos.
Además, será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público.
Por su parte, Maribel Bojorges Beltrán, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, explicó que, para la investigación del feminicidio, en todos los estados, de oficio, el Ministerio Público iniciará de manera inmediata la investigación del delito.
También, podrá solicitar la elaboración de productos de inteligente y aprovechar servicios periciales a su alcance.
La Fiscalía General de la República (FGR) y de los estados deberán contar con unidades o fiscalías especializadas que garanticen la investigación y atención continua y permanente.
Adicionalmente, la FGE expedirá un Protocolo Nacional Homologado para la Investigación del Delito de Feminicidio.
Pena mínima por feminicidio en Puebla será de 50 años y crearán registro de niños en orfandad
La propuesta también reconoce derechos para las víctimas directas e indirectas. Por ejemplo, el acceso a la verdad y la justicia, atención médica y psicológica, asesoría jurídica gratuita, restitución digna de los cuerpos y servicios de traducción para comunidades indígenas.
Otro de los puntos centrales de la iniciativa es la creación del Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio. El propósito es identificar a los menores afectados y garantizarles atención integral por parte del Estado.
Asimismo, establece que los medios de comunicación y las plataformas digitales deberán respetar la dignidad de las víctimas y de sus familiares al informar sobre estos casos.
La iniciativa será turnada al Congreso de la Unión, donde será analizada y discutida por diputados y senadores antes de una eventual aprobación.


