Por unanimidad de votos, el Congreso de Puebla aprobó el parche a la tercera reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentada por la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo).  

De acuerdo al dictamen, el Consejo de la Judicatura será un órgano vigilante de la actividad jurisdiccional. También serán considerados de especial gravedad los conflictos de interés al interior del Poder Judicial.  

Aclara la facultad de los órganos jurisdiccionales para nombrar a las personas servidoras públicas que funjan como enlaces administrativos ante el Consejo de la Judicatura. 

Con esta reforma se precisa la facultad de los órganos jurisdiccionales de rendir los informes previos para que “exista claridad de que el Consejo de la Judicatura no es un superior jerárquico del Poder Judicial”. 

Incluso, con esta modificación se especifican las facultades de las personas servidoras públicas distintas a jueces, magistrados y consejeros.

Parche a la reforma del Poder Judicial modifica facultades de la Sala Constitucional  

La Sala Constitucional fue creada a fin de cuidar el cumplimiento de la Constitución frente a los entes públicos.  

Fue creada en la primera reforma al Poder Judicial, promovida por el exgobernador Miguel Barbosa Huerta.   

Con esta nueva reforma, será facultad de la Sala Constitucional interpretar la Ley Orgánica del Poder Judicial.  

Lo anterior busca garantizar servicios de acceso a la justicia de la mayor calidad, para que se elimine todo tipo de práctica indebida que vulnere la independencia judicial.  

Esta reforma es la tercera en su tipo. La primera fue promovida por el exgobernador Barbosa y la segunda fue propuesta de la Jugocopo en mayo.  

Con dicha reforma quedaron a cargo del Consejo de la Judicatura, presidido por Carlos Palafox Galeana, las funciones de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial. También, la rectoría de la carrera judicial de sus miembros. 

El Consejo de la Judicatura será el administrador del presupuesto del Tribunal Superior de Justicia, de la Sala Constitucional y del Tribunal de Justicia Administrativa. 

Además, el consejo sólo podrá emitir acuerdos generales administrativos “para el adecuado ejercicio de sus funciones”. 

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.