El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena resuelva las 15 impugnaciones a la lista de candidatos a consejeros.

Así como sucedió con los primeros siete juicios para la protección de los derechos políticos-electorales, el Tepjf resolvió que la instancia encargada debe ser la CNHJ.

El Tepjf determinó Morena resuelva las inconformidades manifestadas en el el juicio SUP-JDC-666-2022, promovido por Jorge Hernández Aguilera y el SUP-JDC-667-2022, promovido por Oscar Negrete Herrera.

El SUP-JDC-669-2022, promovido por Eudoxio Morales Flores, así como el juicio SUP-JDC-670-2022, interpuesto por el militante José Luis Ambrosio Salgado.

La resolución fue la misma para el litigio SUP-JDC-671-2022, de Héctor Isauro Vivanco López y el juicio SUP-JDC-672-2022 de Miguel Báez García.

Igualmente para el expediente SUP-JDC-709/2022 de Abundio Sandre Popoca, el expediente SUP-JDC-710-2022 de Alejandro Márquez Martínez, así como SUP-JDC-711-2022 de Carlos Carrillo Cortés.

Cabe señalar que dichos juicios fueron promovidos en contra de la publicación de las listas de candidatos para las consejerías de Morena en Puebla.

No obstante, el Tepjf resolvió que no hay principio de definitividad al no haberse agotado la instancia partidista, ya que los inconformes debieron acudir a la CNHJ previamente.

Además no se advirtió de alguna situación extraordinaria que justifique conocer y resolver directamente el fondo de la controversia.

Por ello, determinó reencauzar el juicio a la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena para que sea ella quien responda las inconformidades.

En pausa, resolución de impugnaciones de la CNHJ

Cabe señalar que desde el pasado viernes 29 de julio la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena suspendió las resoluciones pendientes, por la carga de trabajo.

Debido a que desde este fin de semana se renovarán las consejerías distritales, serán suspendidos los plazos de los procedimientos sancionadores.

Con ello, se dio pausa a la recepción de escritos de queja y requerimientos de autoridades jurisdiccionales sobre el proceso.

En un comunicado el partido explicó que de acuerdo al artículo 49 del Estatuto, la CNHJ podría proponer las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir con sus facultades.

Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.