En sesión de la Comisión Permanente de la LXI Legislatura, se dio cuenta de la iniciativa del diputado Carlos Alberto Evangelista Aniceto, mediante la cual se pretende reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, con el propósito de garantizar el uso seguro y efectivo de las tecnologías y el internet, a fin de salvaguardar el interés superior de la niñez.

Mediante la propuesta se indica que, para el ejercicio del derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, la Secretaría de Seguridad Pública, en coordinación con la Secretaría de Educación, desarrollarán e implementarán una oferta educativa para los estudiantes de todos los niveles, madres y padres de familia, tutores, cuidadores y quienes ejerzan la patria potestad, guarda y custodia, para garantizar el uso seguro y efectivo de las tecnologías y el internet.

Además, fomentar la educación y uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación para salvaguardar el interés superior de la niñez, garantizando su desarrollo integral, físico, intelectual y emocional, así como una vida plena, sana y segura.

La iniciativa mediante la cual se adiciona un segundo párrafo al artículo 96 Bis; y se reforma la fracción XIV del artículo 98 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, fue turnada a la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez para su estudio y resolución procedente.

Por otra parte, se dio cuenta de la iniciativa de la diputada Eliana Angélica Cervantes González mediante la cual se establece que serán alumnos del Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, quienes, habiendo cumplido con los procedimientos y requisitos de selección e ingreso, sean admitidos para cursar cualesquiera de los estudios que se impartan, y tendrán los derechos y las obligaciones que esta Ley y las disposiciones reglamentarias que se expidan, les determinen.

Además, se indica que las agrupaciones de alumnos serán totalmente independientes de las autoridades del Instituto y se organizarán en la forma que los propios estudiantes determinen.

La iniciativa mediante la cual se adicionan los artículos 17 y 19 al Decreto que Crea el Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, fu turnada a la Comisión de Educación para su estudio y resolución procedente.

También, se dio cuenta de la iniciativa de la diputada Eliana Angélica Cervantes González para reformar el Código Penal, a fin de establecer que la persona que esté enferma de sífilis, de un mal venéreo o de alguna enfermedad fácilmente transmisible, tenga cópula o por cualquier otro medio directo ponga a en peligro de contagio otra persona, se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de veinte a mil Unidades de Medida y Actualización; si la enfermedad padecida fuera incurable se duplicará la sanción.

La iniciativa mediante la cual se reforma el artículo 213 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.

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