La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) revocó parcialmente la sentencia contra Genoveva Huerta Villegas y Eduardo Alcántara Montiel, quien permanecerá en el registro por cometer violencia política de género por tres años.

El tribunal federal revocó que el ahora diputado local del PAN sea inscrito en el registro de violentadores del Instituto Electoral del Estado (IEE). En cambio dejó firme la sentencia que ordena su inscripción por tres años en el registro nacional.

Lo anterior, a través de los juicios SCM-JDC-82/2023 y SCM-JDC-114/2023, a cargo de la ponencia de la magistrada Guadalupe Silva Rojas.

Video: Eduardo Alcántara estará en el registro nacional por violencia política de género tres años.

Ambos buscaban impugnar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP). Pues la autoridad los halló culpables por el caso de violencia política de género contra la exaspirante a la alcaldía de San Pedro Cholula en las elecciones de 2021, Erika de la Vega.

Ya que Alcántara Montiel habría pedido millón y medio de pesos o tener relaciones sexuales con ella a cambio de obtener la candidatura. Era asesor de la entonces dirigente del PAN, Genoveva Huerta.

La sala regional del Tepjf avala sentencia contra Genoveva Huerta y Eduardo Alcántara por violencia política de género
Foto de Genoveva Huerta, diputada federal del PAN. credit: Agencia Enfoque

El TEEP resolvió que Genoveva Huerta tome un curso, taller o conferencia de sensibilización en género y prevención de la violencia, medida que impugnó.

En respuesta, el tribunal federal consideró correcta la orden y aclaró que no es una consecuencia de que haya cometido violencia política. Explicó que es una medida de no repetición, pues fue dirigente partidista.

Tribunal federal rechaza que Eduardo Alcántara permanezca en el registro estatal por cometer violencia

Eduardo Alcántara impugnó su permanencia por tres años en el registro nacional de violentadores, así como en el registro estatal. La Sala Regional determinó que “es adecuada la temporalidad de tres años” que ordenó el TEEP.

Sin embargo, el ahora diputado tuvo razón al señalar que no debe estar inscrito en el padrón estatal. Pues cuando habría cometido violencia no existía dicho listado, por lo que no será inscrito.

En efecto, los lineamientos de operación que lo sustentan no eran vigentes al momento en que se llevaron a cabo los hechos denunciados”, señaló el proyecto de sentencia.

Por esta resolución, el legislador aseguró que podrá estar en la boleta de 2024, ya que uno de los impedimentos para ser candidato es no estar inscrito en el padrón de violentadores.

Video: Eduardo Alcántara estará 3 años en el registro nacional de violentadores, pero no lo incluirán en el estatal.

El tribunal federal también le dio la razón al legislador en cuanto a que no debió ofrecer una disculpa pública en el Congreso del estado.

La Sala rechazó el argumento de que la inscripción en el registro de violentadores sea ilegal, pues no está prevista en alguna ley. Ya que explicó que no es una sanción, sino una medida de reparación que busca erradicar la violencia política contra las mujeres.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.