El Congreso de Puebla aprobó cinco reformas que continúan con la transformación del Poder Judicial que inició en 2022.  Para mejorar la efectividad de sus labores, se redistribuyeron los magistrados y se integraron nuevos términos.

Las reformas fueron publicadas el pasado viernes 23 de febrero en el Periódico Oficial del Estado (POE), el mismo día que fueron aprobadas por las y los diputados.

Se trata de iniciativas enviadas por el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina y dictaminadas por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

Ahora, con la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, las salas se integrarán por tres magistrados y sus presidencias serán de un año, a excepción de los Plenos.

Se redistribuyen cuatro magistrados; dos de la Sala Especializada en Materia Constitucional y dos de la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas.

La reforma también plantea la incorporación de la Sala Constitucional al Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Esta sala se creó con la reforma del exgobernador Miguel Barbosa Huerta; sin embargo, con dicha modificación, ya no será autónoma.

También se eliminan los medios de impugnación en materia laboral, ya que la Ley Federal del Trabajo no los contempla.

Además, las y los jueces municipales serán nombrados a propuesta de los ayuntamientos y durarán tres años en el cargo. Su personal será nombrado por ellos con cargo al erario municipal.

También se establece que los jueces de paz durarán en su cargo tres años y podrán ser propuestos por el Ayuntamiento.

Reforma al Poder Judicial incluye modificación a la ley de Carrera Judicial

El gobernador además propuso una modificación a la Ley de Carrera Judicial estatal para que los jueces de paz y municipales no sean considerados dentro de la carrera judicial.

Con este paquete de iniciativas se propone modificar, también , la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

Se trata de la integración de algunos términos para igualar la legislación local con la federal. Tal es el caso de “arbitraje”, “proceso de resolución de controversias”, “conciliación”, “mediación” y “negociación”.

Poder Judicial de Puebla se transforma con reformas a la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo

Otro ordenamiento modificado por el Congreso es la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo. En este caso, se simplifica el sistema de notificaciones a través del boletín jurisdiccional.

Se establece que la notificación de las actuaciones a las partes en el juicio contencioso administrativo se realice a través del boletín jurisdiccional, mediante un aviso previo enviado a la cuenta de correo electrónico que señalen las partes para tal efecto, siempre que éstas opten por dicha modificación”, señala el dictamen

Además, se modificó la Ley Reglamentaria de los Medios de Defensa de la Constitución Política de Puebla a fin de que el operador jurídico cuente con mejores elementos para resolver.

Se elimina de la competencia del órgano de control constitucional el recurso de revisión respecto a la remoción de Magistradas y Magistrados y se le adiciona la facultad de interpretación de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla”, señala el documento aprobado por el Congreso.

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Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.