El Congreso de Puebla refrenó el artículo 480 del Código Penal por el que se reconoce el delito de ciberasedio, que entró en vigor el pasado 14 de junio. La votación fue de 34 votos a favor, seis en contra y una abstención.

El pasado 12 de junio, el Congreso aprobó hasta tres años de cárcel para quien a través de tecnologías de la información, correo electrónico y redes sociales:

Insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”, dice la primera definición de ciberasedio.

Sin embargo, académicos, diputados y juristas advirtieron que el artículo era ambiguo y se podría prestar a la censura. Por esa razón, el Poder Legislativo llevó a cabo foros para reformarlo y garantizar la libertad de expresión.

Con esta reforma, la nueva definición de ciberasedio es para quien a través de las tecnologías de la información y comunicación, redes sociales o correo electrónico:

De forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa a otra persona y como consecuencia altere su vida cotidiana, perturbe su privacidad o dañe su integridad física o emocional”, señala la propuesta.

En la reforma se agregó un párrafo que ordena que para determinar la existencia del delito, la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos. También se perseguirá “a petición de parte”, excepto para niñas y niños, adolescentes, personas con discapacidad o cuando exista una relación de autoridad o subordinación.

Un párrafo más busca exentar de este artículo las críticas o manifestaciones “orientadas a satisfacer un interés público”. Así como aquellas que buscan garantizar el desarrollo democrático o traten del escrutinio de cualquier órgano gubernamental.

Al igual quedan excluidas las “expresiones emitidas en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y el periodismo”.

La pena mínima será de seis meses de prisión, a diferencia de los 11 que es actualmente y el máximo castigo seguirá siendo de tres años. La multa se mantendrá en 50 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Cuando la víctima sea un menor de edad, la sanción se aumentará una tercera parte de la pena mínima y hasta dos terceras partes la pena máxima. Esta reforma entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

Así fue la aprobación de la reforma a la Ley Ciberasedio

El Congreso aprobó la reforma a este nuevo delito en modo “fast-track”, pues la reforma fue presentada este jueves y turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia. Para su dictaminación, pausaron por más de una hora la sesión pública ordinaria y mantuvieron la transmisión.

Lo anterior, no permitió que el Congreso transmitiera la sesión de la comisión, en donde la diputada Susana Riestra advirtió vicios de ambigüedades. También recriminó haber dictaminado la iniciativa con tal premura.

En la Comisión, cinco diputados votaron a favor, la diputada de Movimiento Ciudadano (MC), Fedrha Suriano, votó en abstención, mientras que Susana Riestra votó en contra.

En la discusión en el Pleno, defendieron la propuesta el diputado del Partido del Trabajo Mauricio Céspedes y Miguel Márquez, del Partido Verde. También defendió la modificación la presidenta del Congreso.

La diputada Delfina Pozos del PRI criticó esta aprobación, dijo que su partido se mantuvo desde el principio en contra de este delito. Además, reclamó que Movimiento Ciudadano se abstuviera de las votaciones sobre esta reforma y consideró que apoyó a Morena y sus aliados.

La legisladora Susana Riestra afirmó que presentaron una propuesta de reforma este miércoles 9 de julio, pero la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) votó para que no se tomara en cuenta.

También señaló que en Yucatán, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 243 Bis del Código Penal por contener verbos similares a los usados para el ciberasedio. Los verbos “intimidar” y “asediar” vulneraron el principio de legalidad y taxatividad, es decir, no eran claros, ni de exacta aplicación.

La diputada Fedrha Suriano de MC dijo que hizo propuestas y argumentos para “proteger a la población” sin poner en riesgo las libertades. Además, agradeció la apertura de la presidenta del Congreso para incluir sus comentarios.

Señaló la actitud “poco seria” del PRI, que pidió la derogación del artículo 480 aunque por ley, ello se debe hacer en otro periodo legislativo.

Tal parece que al estar relegados en el favor popular, les ha hecho perder todo tipo de juicio y objetivo de valor, priorizando el escándalo sobre la solución, el protagonismo sobre la técnica jurídica, sus propuestas han carecido de profundidad, han sido improvisadas y más cercanas al espectáculo que a una verdadera protección a las víctimas”, dijo.

La presidenta del Congreso, Laura Artemisa García, dijo que la propuesta del PAN -que tardó un mes en presentarse- tuvo “nulo interés” por defender la libertad de expresión y no tuvo técnica ni legalidad. Criticó que el blanquiazul ataque la reforma, mientras que en la administración del exgobernador panista Rafael Moreno Valle hubo otros atropellos a la ciudadanía.

¿Ustedes piensan que acaso en los regímenes anteriores hubo diálogo y apertura cuando se retiró de las juntas auxiliares el servicio de Registro Civil, se aprobó una Ley Bala y se agredió a la población de Chalchihuapan que resultó en la muerte de un menor?”, dijo en tribuna.

Añadió que la modificación al artículo 480 es muestra de que “no hay cerrazón”, censura o autoritarismo, pues están abiertos al diálogo.

¿Por qué reformaron el artículo 480 del Código Penal que reconoce el ciberasedio?

El Congreso reformó este nuevo artículo a menos de un mes de su entrada en vigor, el pasado 14 de junio. Un día antes, este delito fue publicado en el Periódico Oficial.

Al corte del 7 de julio, existen seis denuncias por este delito, de acuerdo con Idamis Pastor Betancourt, fiscal general de Puebla.

El artículo fue criticado por organizaciones locales como la Red Puebla de Periodistas y organizaciones internacionales, por atentar contra la libertad de expresión. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), Amnistía Internacional y Artículo 19 se pronunciaron en contra.

Incluso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), pidió al gobierno poblano “revisar” este nuevo delito. 

El 22 de junio la comisión emitió un comunicado donde señala que la definición de ciberasedio no es clara. Consideró que se presta a “restricciones indebidas al derecho a la libertad de expresión” sobre todo de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público.

En X: CNDH pidió al gobierno poblano “revisar” este nuevo delito o de lo contrario iniciaría una acción de inconstitucionalidad.

Esta modificación se concretó tras los llamados de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, quien el 18 de junio dijo que “no estaría de acuerdo con un artículo que promueva la censura

Posteriormente, el 24 de junio, dijo que se tendría que aclarar lo que fuera necesario. A esa petición se sumó el gobernador Alejandro Armenta Mier, quien en su cuenta de X también pidió una modificación.

Ex X; el gobernador Armenta pidió hacer la reforma a la Ley Ciberasedio.

Para hacer esta modificación, además el Congreso llevó a cabo foros con expertos, jóvenes y periodistas, los días  19, 20 y 26 de junio.

Plaza San diego
Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.