El colectivo Hermanos Serdán pidió al Congreso de Puebla ser incluidos en la legislación sobre la revocación de mandato que están próximos a realizar. Esto, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les concedió un amparo y ordenó al Poder Legislativo poblano reconocer esta figura.

En rueda de prensa, el colectivo celebró el triunfo ante la Segunda Sala de la Corte que ordenó al Congreso legislar en la materia.

Hacemos un llamado al Congreso del estado para sumarnos a esta labor legislativa que tienen la revocación de mandato (…) es un proceso democrático que tiene la ciudadanía”.

Afirmaron que desde 2022 cuentan con una iniciativa de reforma redactada en materia de revocación de mandato. Incluso, en la LXI Legislatura, el exdiputado Iván Herrera tuvo acercamientos con el colectivo para colaborar en su causa.

Consideraron que es democrático que la ciudadanía tenga voz y participación para tener una “buena revocación de mandato”. Señalaron que el Congreso poblano podría ser el primero en la República en legislar esta figura en conjunto con las y los ciudadanos.

Arturo Mendoza, integrante del colectivo, detalló que no solo se requiere modificar la Constitución Política local, sino las leyes en materia electoral. Lo anterior, porque se deben regular los procesos de revocación en el estado de Puebla.

También los mecanismos de medios de impugnación también deberán ser ajustados a esta nueva figura para revocar a las y los gobernantes.

En la Constitución Política se deberá establecer que después de los primeros tres años en el cargo, el gobernador o gobernadora deberá someterse a la consulta de revocación. Para que sea vinculante el resultado, deberá votar el 40% del padrón electoral.

¿Por qué el Colectivo Hermanos Serdán ganó un amparo para legislar la revocación de mandato?

El colectivo evidenció ante la Corte que el Congreso fue omiso para legislar sobre la revocación de mandato en el plazo de 18 meses que señalaba la iniciativa. Desde el 20 de diciembre de 2019, la Constitución federal ya reconocía la figura y el Congreso local no reformó su ley para también reconocerla.

Por ello, en 2022 tramitaron un amparo en el cual no les dieron la razón. Por ello, recurrieron a promover un recurso de revisión en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito.

Ese tribunal consideró que el caso debía ser resuelto por la Corte, debido a que se trataba de un “problema jurídico excepcional” significativo para la sociedad. Por ello, el pasado 2 de julio la Segunda Sala de la Suprema Corte les dio la razón.

En caso de no cumplir esta resolución, podría hacerse acreedor el Congreso a un incidente de inejecución de sentencia. El mismo puede generar la remoción en el cargo, sin embargo, aclararon que ello ocurriría si no se legisla en un “tiempo razonable”, como por ejemplo en 90 días.

Plaza San diego
Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.