El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta envió al Congreso de Puebla un paquete de iniciativas de reforma para establecer en ley los mecanismos para la elección del Poder Judicial, la renovación de jueces y magistrados.
Armenta envió a través del coordinador de Gabinete, José Luis García Parra propuestas de modificaciones a leyes orgánicas y proceso electorales en el estado.
Se trata de una armonización de la legislación secundaria de la reforma al Poder Judicial, para que se establezcan las bases normativas que permitan organizar y desarrollar el proceso electoral de magistrados y jueces.
Por ello se turnaron las siguientes reformas para establecer mecanismos y la forma de integración de este poder:
- Reforma al Código de Instituciones y Procesos Electorales
- Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial
- Reforma a la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa
- Reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública
Establecen periodos para la elección del Poder Judicial en Puebla
La reforma al Código de Instituciones y Procesos Electorales busca adicionar un nuevo libro en el que se integren las etapas del proceso judicial, en el que no pueden participar o intervenir partidos políticos u otras organizaciones.
Se establece que el proceso electoral tendrá las siguientes etapas:
- Emisión de la convocatoria y postulación de candidaturas: El Congreso debe lanzar la convocatoria 30 días después del inicio del primer periodo ordinario; la lista se entregará a más tardar el 12 de febrero del año electoral correspondiente.
- Preparación de la elección: Debe iniciar los primeros días del mes de noviembre del año previo a la elección
- Campaña electoral: Tendrá una duración de 60 días y concluye tres días antes de la jornada electoral, no habrá precampañas, ni actos anticipados
- Jornada electoral: La elección será el primer domingo de junio y comenzará a las 8:00 horas hasta la conclusión de la clasificación y conteo de boletas
- Cómputos y sumatoria: Comenzará el martes siguiente a la jornada electoral y concluirá con la sumatoria de los cómputos
- Asignación de cargos: Se realizará con criterios de alternancia garantizando la paridad de género
- Entrega de constancias de mayoría y validez de la elección: Se realizará una vez que se validen los procesos y se hayan desahogado impugnaciones en tribunales
Fijan criterios para aspirantes a elección del Poder Judicial en Puebla
Para obtener una candidatura las y los aspirantes no deben formar parte de órganos electorales salvo si se separaron un año antes del cargo.
Así como no haber sido sentenciado por violencia política de género, violencia familiar, o que sean deudores alimenticios.
Se señala que las personas candidatas a cargos de elección podrán ser postuladas de manera simultanea por uno o varios poderes siempre que aspiren al mismo cargo a nivel estatal, regional y distrital.
Dentro de la preparación, el Instituto Estatal Electoral (IEE) deberá conformar la boleta conforme al listado de candidaturas que reciba por parte del Poder Legislativo.
¿Cómo serian las campañas de este proceso?
Para el periodo de campaña, los aspirantes podrán hacer difusión de su trayectoria profesional, méritos, experiencias y propuestas a través de publicaciones, imágenes o expresiones.
Dentro de la propaganda electoral pueden emitir mensajes sin incluir, emblemas, colores, lemas, tipografía o elementos que los vinculen con partidos políticos y solo podrá entregarse en material impreso.
No podrán contratar espacios de promoción en radio y televisión, así como en medios de comunicación, aunque si pueden participar en entrevistas de carácter noticioso.
Solamente podrán utilizar redes sociales y medios digitales para difusión de sus perfiles y también tiene prohibido contratar consultoras para la realización y difusión de encuestas o sondeos de opinión con fines de posicionamiento electoral.
Las y los aspirantes deberán erogar recursos propios para gastos personales, viáticos, traslado durante la campaña, respetando el tope de gasto que establezca el Consejo General del IEE.

