La Semarnat no autorizó un proyecto de captación de agua potable en el municipio de Zacatlán, Puebla. La razón es la entrega tardía de documentos y por iniciar obras sin previa autorización.
Así consta en la Gaceta Ecológica de la dependencia federal en la que señaló que el promovente es el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Zacatlán.
Este proyecto tiene ya un año que ingresó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su análisis, pues tiene fecha de junio de 2024 con el folio 21PU2024HD038.
De acuerdo con el proyecto, el Sistema Operador indicó que ha buscado nuevas fuentes potenciales de agua que permitan hacer frente a la demanda del vital líquido. Por lo que esta obra pretende el establecimiento de una captación y cárcamo de bombeo para aprovechar el escurrimiento de un manantial de la comunidad de Axaxalpan en Zacatlán.
En este contexto, desde 2024 la entonces candidata a presidenta municipal, Eloísa Barrios señaló que era urgente atender la crisis hídrica en Zacatlán que ha ocasionada la industria minera.
En este estudio, el promovente aseguró que:
La presente manifestación corresponde a una actualización del proyecto que se autorizó en materia de impacto ambiental y solo trata sobre el impacto que se generará por la ocupación de la zona federal del escurrimiento Cruz Blanca por las obras de captación con el fin de cumplir con la normatividad”.
Añadió que ya que se cuenta con el permiso para la ocupación de zona federal y permiso para construir en dicha zona ante la Comisión Nacional de Agua ya que se tramitó en tiempo y forma.
Respecto al manantial Cruz Blanca, localizado en las inmediaciones de la cabecera y el rio San Pedro, el promovente señaló que ofrece una alternativa viable dado el volumen que mantiene y la relativa cercanía a la cabecera.
Adicionalmente, la calidad de agua es la adecuada para incorporar al sistema de agua potable de la cabecera municipal.
Inician obras de captación de agua en Zacatlán sin autorización en Impacto Ambiental
La Semarnat rechazó el proyecto por los siguientes motivos:
Primero, entregó información incompleta, misma que la dependencia solicitó y que le entregaron fuera de los tiempos que establece la ley para su análisis.
Esta Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental en el ejercicio de sus atribuciones, determina que el proyecto, objeto de la evaluación que se dictamina con este instrumento, no es jurídicamente viable al rebasar el carácter preventivo (…), al haber presentado la publicación del extracto del proyecto fuera de la fecha límite e iniciar obras sin contar con previa autorización en la respectiva materia (…)”
Segundo, la Semarnat determinó que ya iniciaron obras sin contar con los permisos ambientales previos:
Se observa el inicio de obras sin contar con la previa autorización en materia de Impacto Ambiental”.
La dependencia indicó en el resolutivo que:
debido a que inició las obras y actividades relacionadas con el proyecto sin contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental de manera previa, por lo que se concluye que el promovente rebasó el carácter preventivo, y que el objetivo de presentar y evaluar un estudio de impacto ambiental para la realización de un proyecto, es el de prevenir los posibles impactos ambientales que se pudieran generar en el medio ambiente donde se pretenden llevar a cabo las obras y/o actividades del mismo y, en su caso, determinar las condiciones a que se sujetará la realización de las obras y/o actividades que lo conforman y que puedan causar desequilibrios ecológicos o rebasar los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas”.
Por lo anterior se determinó negar la autorización para dicho proyecto.

