El gobernador Alejandro Armenta Mier envió al Congreso de Puebla una propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado (FGE). Entre los aspectos más resaltantes, destaca la creación de una Unidad de Asuntos Internos y dos nuevas fiscalías especializadas.

La reforma elimina la Fiscalía Especializada en Asuntos Internos, mientras que introduce la de Investigación de Delitos de Alto Impacto. Así como la de Investigación de los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Fiscales y Relacionados.

De igual modo, la propuesta del mandatario incluye como faltas graves el uso desproporcionado de la fuerza y el acoso u hostigamiento sexual. También refuerza la falta de cometer, participar, tolerar o encubrir violaciones a los derechos humanos.

En sus considerandos, el texto destaca que se busca homologar la normativa estatal con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Así como con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, ello en cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

“Se reforman los artículos 9, inciso A), 11, 31, 32 primer párrafo, 33 primer y último párrafo, 33 bis, 46 bis, 46 ter, 46 quater, 46 quinquies, 46 sexies, 46 septies fracción II, VII, VIII Y IX, 46 octies, 46 nonies, 46 decies, 46 undecies, 47, 47 TER y 54; se adicionan la fracción X del artículo 46 septies, artículo 46 OCTIES fracción IV, 46 duodecies, se derogan el último párrafo del artículo 9, 47 bis, 48, 49 y 56, todos ellos de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Puebla”.

Reforma a Ley de la FGE: Armenta propone eliminar la Fiscalía Especializada y crear la Unidad de Asuntos Internos

La creación de la nueva Unidad de Asuntos Internos está especificada en la modificación al artículo 46 octies. Esta reemplazaría a la Fiscalía Especializada en Asuntos Internos, la cual es omitida en el nuevo texto legislativo.

Este nuevo ente sería responsable de investigar la conducta de los agentes ministeriales, del Ministerio Público, funcionarios de alto nivel y fiscales y emitir el informe a la autoridad sustanciadora. Es decir, ante el Órgano Interno de Control, que desahogará el procedimiento y remitirá su resolución a la Comisión de Honor y Justicia para la aplicación de sanciones de ser el caso.

La Unidad podrá aplicar medidas precautorias y cautelares durante sus investigaciones. Ello buscaría evitar el ocultamiento o destrucción de pruebas, impedir que continúe la conducta, evitar daños al patrimonio y asegurar el desarrollo del procedimiento.

Las faltas no graves prescribirán después de tres años, mientras que las graves lo harán después de siete años, según se especifica.

Con respecto a los correctivos disciplinarios, la reforma delimita cuáles podrán ser aplicados por los superiores en la FGE. Podrá haber amonestaciones verbales o escritas, disculpas públicas o trabajo a favor de la comunidad, pero ya no se incluye que podrán ser retenidos.

Mientras que en cuanto a las sanciones disciplinarias, el texto especifica que serán proporcionales a la infracción cometida. Los agentes podrán ser suspendidos del ejercicio de sus funciones sin goce de sueldo hasta por treinta días, removidos, inhabilitados u obligados a reparar el daño patrimonial.

Vale la pena resaltar que la modificación al artículo 46 Bis refuerza que la responsabilidad disciplinaria será independiente de las demás. Se especifica que los agentes también podrán incurrir en responsabilidad administrativa, civil, patrimonial, laboral o penal.

Reforma contempla terminación de carrera profesional por mandato jurisdiccional

Por otro lado, las reformas a los artículos 11, 31 y 32 contemplan explícitamente a los facilitadores de mecanismos de solución de controversias en materia penal. A diferencia de la actual normativa, en esta reforma son mencionados directamente.

Resalta que la modificación al artículo 33 Bis añade que la terminación del servicio profesional de carrera podrá ser por jubilación, retiro o muerte. Mientras que en circunstancias extraordinarias podrá ser por mandamiento jurisdiccional, y la destitución de agentes investigadores podrá ser también por régimen disciplinario.

Finalmente, en sus disposiciones transitorias se establece que la FGE tendrá hasta 180 días naturales para implementar la reforma. Ello implica que una vez se apruebe el texto legislativo, tendrá que llevar a cabo todos los trámites correspondientes como modificar su reglamento interior, manuales y demás.

Actualmente la FGE de Puebla cuenta con 11 fiscalías especializados:

I. La Fiscalía especializada en Derechos Humanos

II. La Fiscalía de Investigación Metropolitana

III. La Fiscalía de Investigación Regional

IV. La Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares

V. La Fiscalía Especializada en Investigación de Secuestro y Extorsión

VI. La Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción

VII. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales

VIII. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alta Incidencia

IX. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género Contra las Mujeres

X. La Fiscalía Especializada de Asuntos internos

XI. La Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes

De aprobarse la reforma serían 12 las fiscalías especializadas en Puebla

En caso de aprobaste la reforma, pasarían a ser 12 y quedarían así:

I. La Fiscalía especializada en Derechos Humanos

II. La Fiscalía de Investigación Metropolitana

III. La Fiscalía de Investigación Regional

IV. La Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición cometida por Particulares

V. La Fiscalía Especializada en Investigación de Secuestro y Extorsión

VI. La Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción

VII. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales

VIII. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alta Incidencia

IX. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género Contra las Mujeres

X. La Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Alto Impacto

XI. La Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, Fiscales y Relacionados

XII. La Fiscalía Especializada en Investigación del Delito de Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes

Plaza San diego
Diego Ramírez Azóca

Diego Ramírez Azócar

Estudiante de Ciencias de la Comunicación en la BUAP. Reportero desde 2023 en las fuentes de gobierno, ayuntamientos y nota roja. Trabajó en E-consulta y Tráfico Puebla.