El Congreso de Puebla ya se prepara para legislar sobre las infancias trans, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio 20 días para informar sobre el proceso legislativo en la materia.

La diputada transgénero Gabriela Chumacero dijo en entrevista que la legislación sobre este tema ya es analizada por el equipo jurídico del Congreso local. Dijo que están “tratando con puntitas” el tema, luego de que le dieron un ultimátum al Legislativo. Reiteró que aún cuentan con cinco días para informar de los avances.

La diputada explicó que es necesario que el Código Civil se reformae para que los menores de edad sí puedan cambiar su identidad de género. Sin embargo, esta transición deberá hacerse a partir de los 13 años en adelante.

No hablamos de infancias, hablamos de juventudes trans”, aclaró.

Consideró que a partir de esa edad las personas “ya saben lo que quieren”. Con ello, se descartarían los señalamientos de grupos conservadores que se han opuesto al reconocimiento de menores de edad transgénero.

Lo anterior, porque al referirse como “infancias trans”, se cree que se permitirá que niñas y niños de 4 o 5 años puedan cambiar su identidad de género.

Gaby Chumacero comentó que continúa en el cabildeo de la reforma y la mayoría de bancadas está a favor de esta modificación.

El 23 de febrero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un plazo de 20 días, a partir de la notificación, para informar los avances de la reforma para reconocer a las infancias trans.

¿Por qué el Congreso de Puebla tendrá que legislar sobre las infancias trans?

Desde el 26 de marzo de 2021 entró en vigor la reforma al artículo 875 bis del Código Civil estatal, misma que reconoce la identidad de género autopercibida. Se trata de Ley Agnes, en honor a la activista transgénero Agnes Torres. 

Sin embargo, la Ley Agnes solo reconoce la identidad de género autopercibida de personas mayores de 18 años. Por ello, en marzo de 2022, la SCJN consideró que se viola el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias transgénero.

A través de la acción de inconstitucionalidad 73/2021 ordenó reformar el artículo 875 ter, fracción II. El Congreso de Puebla, desde entonces, permaneció omiso en el tema.

Plaza San diego
Paola Macuitl Gallardo

Paola Macuitl Gallardo

Estudiante de Lingüística y Literatura Hispánica por la BUAP. Reportera desde 2019, ha cubierto la fuente de cultura y gobierno en Info Quórum y Ángulo 7.